Las personas morales a las que se les autorice un Programa están obligadas a llevar el control de inventarios en forma automatizada, de conformidad con lo establecido por el SAT mediante Reglas de Carácter General.
De acuerdo al artículo 59 de la Ley Aduanera, quienes importen mercancías deberán llevar los sistemas de control de inventarios en forma automatizada, y deberán mantener en todo momento el registro actualizado de los datos de control de las mercancías de comercio exterior, mismos que deberán estar a disposición de la autoridad aduanera.